El plan de tributación latinoamericano e internacional
1. Introducción
La estructuración tributariamente eficiente de las transacciones internacionales ofrece una oportunidad única para estudiar sistemáticamente la interacción de los sistemas tributarios domésticos e internacionales de Estados Unidos y de ciertos países de Latinoamérica.
El propósito de este trabajo es tratar las principales cuestiones enfrentadas por quienes se dedican a la práctica impositiva cuando tienen que diseñar soluciones generales de planificación fiscal para compañías multinacionales que hacen negocios tanto en Estados Unidos como en Latinoamérica.
Este trabajo explora los principios aplicables a la tributación doméstica e internacional de los Estados Unidos y Latinoamérica, en particular, situaciones de establecimiento permanente, tratados para evitar la doble imposición, políticas de precios de transferencia, regulaciones sobre crédito por impuestos análogos efectivamente pagados en el exterior (foreign tax credit), subcapitalización, reglas CFC, armonización internacional, reorganizaciones y reestructuración, y refinanciación y reestructuración de la deuda.
También se considerará el papel que las estructuras europeas pueden desempeñar en la interacción entre los Estados Unidos y Latinoamérica.
2. En qué consiste la planificación tributaria internacional?
La planificación tributaria internacional, consiste, más allá de lo que es la disciplina en si, académica, aunque se base en esta para lograr explicar su sistema idóneo, en el cual, dentro del principio de legalidad, permita evitar una parte de la carga tributaria soportada por personas o empresas. En concreto, la disciplina académica combina conocimientos de derecho tributario, gestión de patrimonio, asesoría de empresas, banca internacional y otras materias que permitan servir a tal fin. A partir de todo ello, se realiza un estudio del caso concreto y se establece un modus operandi en el ámbito internacional que permita maximizar los beneficios eligiendo aquellos lugares y circunstancias que menor tributación supongan.
En fin,podemos concluir que la planificación tributaria internacional, consiste en en desarrollar políticas de negocios a medida de cada empresa, que traten de lograr el mayor equilibrio entre los mayores rendimientos y la menor carga fiscal. Y, acercándonos más al tema, realizar una adecuada planificación fiscal internacional implicará aspectos tan variados como la tributación de no residentes, las inversiones, los convenios de doble tributación y demás claves fiscales tanto del propio país como de aquellos que nos interesen como mercados más importantes y que tengan un sustento más fuerte, que otros mercados. De este modo, para poder encajar del modo más acertado la actividad empresarial o inversora con las condiciones tributarias será necesario un profundo estudio de la fiscalidad internacional, que abarque desde la normativa interna y la legislación de otros países hasta el derecho tributario europeo, convenios y tratados internacionales que puedan resultarnos favorables.
De a poco, vamos viendo, como las relaciones tributarias internacionales latinoamericanas, se conectan, en cierto punto, con las Europeas, y en ciertos casos se complementan en algunos sentidos.
El rol de la legalidad, cumple un factor muy importante, dentro de las planificaciones tributarias internacionales, ya que, todas las relaciones tributarias internacionales deberían tener como sostén este principio, sino caeríamos en temas como: el fraude, la evasión de impuestos, etc.
3. Las situaciones de establecimiento permanente
La incorporación del concepto de “Establecimiento permanente” tipifica el supuesto de hecho en el que una persona, natural o jurídica, no domiciliada, realiza operaciones en el país, directamente o por interpuestas personas, o cuando por medio de situaciones contenidas en la ley se hace presumir la existencia de un lugar más o menos fijo de negocios
La noción de establecimiento permanente es amplísima en nuestra legislación y abarca un sin número de situaciones que gravan a las personas naturales o jurídicas no domiciliadas que realicen actividades en el país.
Se presume la existencia de establecimientos permanentes en situaciones tales como: la posesión o existencia de un local o lugar fijo de negocios, la existencia de “cualquier centro de actividad”, la posesión de agencias o representaciones autorizadas para actuar por orden y cuenta del contribuyente, la realización de actividades referentes a la extracción de recursos naturales, la realización de actividades profesionales o artísticas por sí mismo o por medio de representantes, la posesión de instalaciones destinadas a la compra de bienes o prestación de servicios, la prestación de servicios profesionales independientes, mediante personas residentes en el extranjero.
Es importante limitar el ámbito del establecimiento permanente y por lo tanto, determinar la gravabilidad de las personas y empresas no domiciliadas en el país y cuya causa de enriquecimiento no haya ocurrido en territorio nacional. Así por ejemplo el tratado para evitar la doble tributación entre Estados Unidos y Venezuela, especifica que el establecimiento permanente no incluye la existencia de instalaciones, almacenes, depósitos, lugares fijos con el único objeto de almacenar, exhibir o entregar mercancías, procesamiento de información para otras empresas, comprar bienes o mercancías, recopilar información o realizar otras actividades preparatorias, entre otros supuestos
4. Foreign Tax Credit (Crédito Fiscal Extranjero)
Cuando hablamos de “Foreign Tax Credit” o “Crédito Fiscal Extranjero” en nuestro idioma, estamos hablando de una especie de alivio en la carga tributaria sobre una doble imposición que se les aplica a los extranjeros,mayormente norteamericanos, los cuales viven en otro país, como es en el caso, por ejemplo: De los Estadounidenses viviendo en un país extranjero como lo puede ser México o Brasil.
El IRS (Internal Revenue Service), fue el encargado de crear este crédito fiscal extranjero con el fin de generar un alivio a esta carga tributaria que sufren los extranjeros que van a otros países y sufren el tema de la doble imposición.
Para poder acceder a este tipo de credito fiscal, cada ciudadano debe completar un formulario, designado por la IRS y luego adjuntarlo a su declaración de impuestos.
El crédito está disponible para todos los ciudadanos de Estados Unidos, extranjeros residentes y no residentes, cuyos ingresos en el extranjero están sujetos a tanto extranjeros como impuestos de los Estados Unidos.. En la mayoría de los casos, las personas no pueden reclamar el crédito a menos que hayan pagado un impuesto a un país extranjero.
Los individuos no pueden reclamar el crédito por impuestos extranjeros de los impuestos para los que sólo es posible tomar una deducción detallada, por ejemplo: los impuestos sobre las operaciones internacionales de boicot, los impuestos sobre la renta mineral extranjera o impuestos sobre los ingresos excluidos.
5. Politicas de Precio de Transferencia Internacional
Si tenemos que definir a las políticas de precio de transferencia internacional, podemos decir que son el precio, los cuales fijan las empresas, para que entre ellas puedan transferirse bienes, servicios o derechos, una con otra.
Las empresas que pactan estos precios entre ellas, pueden ser empresas que estén relacionadas o puede que sean independientes una de las otras, por lo tanto, el precio a convenir será de una o tal manera, según la relación que estas empresas manejen.
La fijación de las políticas de precio de transferencia internacional, entre dos entidades independientes, es muy distinta que a las de dos entidades vinculadas, ya que estas dos sociedades independientes fijan precios entorno a la competencia del mercado, y no con una plena confianza como lo harían dos sociedades vinculadas.
Las sociedades vinculadas en cambio, al fijar su precio de transferencia, lo hacen con libres restricciones y no se tienen que andar fijando en precios de mercado, competencias, mercados abiertos y economías de mercado, es algo más rápido y que sin lugar a duda beneficia a estas empresas.
Hay dos factores realmente muy importantes a la hora de la transferencia de precios en el ámbito internacional, el primero es lo que la gerencia de cada empresa desea lograr con el precio de transferencia y el segundo factor, también muy importante, son las leyes por las cuales los precios de transferencia se van a fijar entre las relaciones internacionales tributarias entre las distintas empresas, de distintos países.
Algunos de los métodos que se utilizan para fijar un precio de transferencia internacional, pueden ser: el costo, la base de mercado o el precio negociable.
6. El eterno combate contra los paraísos fiscales
Como mencione anteriormente en la introducción, y donde me gustaría centrar un poco el tema de la planificación tributaria internacional latinoamericana y como se relaciona en cierto punto con Europa, he aquí un tema que a las delegaciones de países como Francia o Alemania le importan demasiado en latinoamérica: Los paraísos fiscales.
Dentro de las reuniones de países del G20 dentro de la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico) se han declarado algunos países como “no cooperadores” es decir, en simples palabras, que no van a cooperar ante la lucha contra los paraísos fiscales, entre ellos están : Malasia, Panamá, Uruguay, Costa Rica, Guatemala y Filipinas.
En el caso de Panamá y Uruguay, estos países, trataron de decantarse por una amplia gama de convenios los cuales tratan de evitar la doble imposición internacional que conllevan cláusulas de intercambios.
Es un tema muy importante, tanto en todas las legislaciones de los países ya mencionados, la OCDE ve con malos ojos que países que no cooperen con el tema de los paraísos fiscales sigan teniendo esas libertades, pero lo que hay que tener en cuenta además, que hay países dentro del G20 que tienen empresas o empresarios quienes utilizan esos paraísos fiscales para poder beneficiarse ellos mismos, si queremos tocar el tema más de cerca, esta demás decir que hay un ejemplo muy conocido en la República Argentina de público conocimiento como lo fue el caso del presidente Mauricio Macri entorno a un paraíso fiscal dentro de Panamá, lo podemos utilizar como un claro ejemplo de que por más que esos países no cooperen, hay individuos o entidades, tanto sean sociedades, empresas etc. que utilizan estos paraísos fiscales con el fin de beneficiarse a ellos mismos y no estipularse bajo las reglas de sus propios países, por lo tanto, en mi opinión, es una especie de “no cooperación indirecta” que realizan estos individuos o sociedades.
7. Reglas CFC (Controlled Foreign Corporation)
Las reglas CFC se las conocen como ciertas normas, las cuales, son una especie de anti diferimiento que tienen como objetivo limitar el diferimiento artificial de impuestos vía el uso de jurisdicciones de baja tributación.
Las normas contemplan en determinadas circunstancias el pago de impuesto a la renta en forma inmediata sobre ganancias provenientes de subsidiarias del exterior aun cuando el accionista no cobre los dividendos. La OCDE reconoce que las multinacionales pueden llegar a crear compañías en el exterior en países de baja tributación para desviar rentas hacia las mismas con motivos meramente impositivos, motivo por el cual aparece la necesidad de estas regulaciones.
Claramente, si tomamos a estos países como ejemplo, lo primero que se nos viene a la mente son los paraísos fiscales como mencionamos anteriormente.
Si nos remontamos al dato histórico, Las reglas CFC tienen más de 50 años de antigüedad; fueron en sus comienzos adoptadas por países desarrollados exportadores de capital como por ejemplo los Estados Unidos y con el tiempo fueron expandidas a numerosas jurisdicciones.
Desde mi punto de vista, estas reglas son bastante eficaces, ya que tratan de prevenir y poner sobre la línea a individuos o países que traten de desviar sus rentas a otros países (como los mencionados en el punto anterior) para tratar de conseguir el objetivo de tener una tributación baja, ya que para ellos es un problema muy importante. Las altas tributaciones suelen ser un problema para estos países por eso es que los desvíos están en un momento novedoso ultimamente. La modificación de normas CFC, debe ser muy precisa y analizada, por eso la OCDE trata de que si hay una modificación sea exacta, ya que esto puede traer problemas a la hora de combatir la baja tributación que ofrecen otros países.
8. Armonización Internacional Financiera
La figura de la armonización internacional surge cuando el sistema económico mundial internalizó los mercados. Como consecuencia de ello, se puso de manifiesto la necesidad de que la información contable debía ser útil para todos los usuarios internacionales de distintos países.
En el caso de Argentina, que ingresó hace poco a este sistema de armonización internacional, podemos decir que para su ingreso, tuvo que adecuarse a una plan de estrategia de armonización internacional, este plan, debía ser consensuado, reflexivo, integral y flexible, para que el ingreso de Argentina sea lo más rápido y ameno posible.
La armonización internacional de la que estamos hablando, se basa en lo que es el tema de la información financiera en sí y de las auditorias existentes en cada país, además de un punto muy importante como lo es la educación contable.
El fuerte esfuerzo de la aplicacion de normas internacionales que ha realizado el IASCF (International Accounting Standards Committee Foundation) y cuyo órgano emisor es el IASB (International Accounting Standards Board – antes IASC) y en cuanto a los segundos, esta tarea quedó en manos de la IFAC (International Federation of Accountants Committee) es destacable. Anteriormente, en Argentina, la emisión de las normas técnicas era trabajo de cada una de las comisiones jurisdiccionales y que luego ese trabajo fue delegado a un organismo de tercer grado, llamado FACPCE (Federación Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias Económicas), el que, a través de su organismo técnico, el Centro de Estudios Técnicos y Científicos (CECyT), realizó una proficua y brillante tarea en la elaboración de normas técnicas, las que eran de aplicación luego de un importante proceso de elaboración, discusión y consenso.
9. Reestructuración de la Deuda
Para este punto me gustaría centrarme en un país en particular, y ese es Argentina. La reestructuración de la deuda externa argentina en 2005 y 2010 se lo cuenta como un canje que implicó una gran quita. Este ha sido el discurso gubernamental. Pero también fue y es el de la "comunidad financiera internacional", nombre que se da a sí mismo el bloque de intereses formado por los grandes bancos, los fondos de inversión, las agencias calificadoras, el Fondo Monetario Internacional (FMI) y entidades afines.
Si para el Gobierno eso fue asumido como una demostración de capacidad de negociación, para la "comunidad" es una evidencia de que la Argentina es un deudor que no cumple, ya que utiliza el dinero en otras necesidades estatales. De allí las bajas calificaciones por parte de las agencias, y en consecuencia las elevadas tasas de interés que se pretende cobrar por un nuevo endeudamiento.
Volviendo al tema de la reestructuración de la deuda hay una cuestión importante para el mediano-largo plazo. La misma reestructuración de esta deuda, además de otros compromisos, presupone pagos importantes en años próximos. Esto comenzó a ocurrir a partir de 2015. La práctica usual en estos casos es que los vencimientos abultados sean refinanciados, a fin de desechar su impacto.
En mi opinión, Argentina, como tantos otros países, en relación a la planificación tributaria internacional, debería ocuparse de esta deuda pero de manera gradual, ya que actualmente, el país no está pasando por un buen momento económico. Si queremos tomar de ejemplo otro país latinoamericano, está más que claro que todo apunta hacia el norte, Venezuela es un claro ejemplo de crisis económica internacional y sinceramente deberíamos ser bastante cuidadosos con los interesados extranjeros (FMI, fondos buitres) quienes, ultimamente, solo quieren abastecerse sus bolsillos más que saldar deudas y quedar bien en el plano internacional, cuando realmente están actuando mal éticamente.
10. La relación económica Europea y Latinoamericana. Conclusión.
Las relaciones entre Latinoamérica y los países de la Unión Europea han sido tradicionalmente fuertes. Los lazos culturales y económicos que han unido históricamente ambas regiones se han transformando paulatinamente y han abierto múltiples espacios para la cooperación y el desarrollo. Desde la consolidación de la UE, esta relación se ha fortalecido y ha cambiado, al reconocer Europa a América Latina como una región, como un interlocutor importante en términos económicos y políticos, y dentro de ella, a cada país según su nivel de desarrollo. De a poco, América Latina ha empezado a dejar de ser receptora de ayuda y a establecer relaciones recíprocas que ofrecen grandes posibilidades de ampliación en el futuro. Pero la pobreza sigue siendo la preocupación principal de la política europea hacia la región.
Mi opinión formada y además que sirve como conclusión a este trabajo, es que Europa, como dije anteriormente, es una economía consolidada, en Latinoamérica, tenemos varios paises en subdesarrollo y muy pocos que en el futuro se ven como potencias. El tema de la pobreza en torno a la planificación tributaria, es algo que golpea en todo aspecto, ya que tiene una relación muy fuerte con el tema económico, por eso la Unión Europea trata de centrar su mirada en ese punto quiebre que sufre toda Latinoamerica. Las crisis económicas que están viviendo tanto Argentina como Venezuela son el claro ejemplo de que están estancados en ideologías que solo los dejan parados en el tiempo y no pueden avanzar. El impacto norteamericano con la asunción de Donald Trump como presidente de Estados Unidos es un claro ejemplo del triunfo del pensamiento capitalista en una gran parte de América y la cual está golpeando en cierto modo a países de América Latina. Para finalizar, cabe destacar que un hecho importante que afectó a las relaciones económicas de la Union Europea fue el reciente Brexit de Reino Unido, lo cual genero un gran impacto económico en todo Europa, haciendo que por ejemplo, la libra esterlina tenga una baja inminente.